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Colombia

¡Insólito! Ladrón usaba un plátano para robar en Chocó

La Policía informó que incautó el plátano verde con el que el hombre cometía los delitos

Ladrón usaba un plátano para robar en Chocó

La comunidad de Quibdó en Chocó, no sale del asombro por la captura de un joven delincuente que usaba un plátano para intimidar a su víctimas y robar sus pertenencias.

Según informó la Policía del departamento, el hombre fue capturado luego de que personas alertaran del caso que se presentó en un establecimiento comercial de calzado donde, instantes antes de ser capturado, se robó tres celulares y un par de tenis.

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El sujeto metía el plátano en una bolsa negra y la hacía pasar como un arma para así intimidar a los ciudadanos y lograr su cometido.

Tras la captura, producida en la carrera carrera 5 con calle 25 y 26, la Policía devolvió los celulares a las víctimas e incautó el plátano verde con el que el hombre cometía los delitos.

Ley de Seguridad Ciudadana

El presidente Iván Duque sancionó hace unas semanas la nueva Ley de Seguridad Ciudadana que busca contrarrestar la delincuencia, especialmente en las ciudades principales del país.

Allí se modificó el artículo 239 del Código Penal, sobre hurto, estableciendo penas diferenciadas según la cuantía del objeto hurtado, determinando que hasta cuatro salarios mínimos mensuales (smlmv) se impone una pena de prisión de 32 a 48 meses y en una cuantía igual o superior a los cuatro SMLMV, entre 48 y 108 meses.

También cambió el inciso 6 del artículo 32 de la Ley 599 que señalaba que no habrá responsabilidad penal cuando “se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcionada a la agresión”.

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En lo aprobado se indica que “se presume como legítima la defensa que se ejerza para rechazar al extraño que usando maniobras o mediante violencia penetre o permanezca arbitrariamente en habitación o dependencias inmediatas, o vehículo ocupado. La fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno. En los casos del ejercicio de la legitima defensa privilegiada, la valoración de la defensa se deberá aplicar un estándar de proporcionalidad en el elemento de racionalidad de la conducta”.

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