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Colombia

Procuraduría solicita acciones para evitar el matrimonio infantil

La petición fue hecha a la Corte Constitucional.

Foto: Pixabay
Foto: Pixabay

La Procuraduría le pidió a la Corte que exhorte al Congreso a expedir una normativa para prevenir el matrimonio infantil.

Esto en el marco del estudio de una demanda en la Corte Constitucional contra varios artículos del Código Civil y de la ley 1306 de 2009 que permiten que personas entre los 14 y 17 años contraigan matrimonio de manera voluntaria y consensual, con el permiso de sus padres

Dicha demanda se originó después de que la Corte Suprema de Justicia emitiera en días pasados un fallo en el que recuerda que menores entre los 14 y 18 años pueden acordar una unión libre sin el permiso de sus padres.

El demandante asegura que el matrimonio en el que uno o ambos contrayentes son menores de edad, vulnera las normas nacionales e internacionales de las garantías de los niños, niñas y adolescentes.

La demanda solicita declarar inconstitucional el artículo 140 del Código Civil y el artículo 53 de la Ley 1306 de 2009. En estos dos, se explica que la edad mínima para el matrimonio son los 14 años.

Según el demandante, en el Congreso “nunca se realizó un pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad del matrimonio infantil”.

En el texto, el ciudadano sustenta que el matrimonio infantil contradice el derecho a la vida y la salud física y mental de las niñas y mujeres.

Además esgrime que es una violación a los derechos de la mujer y constituye como una forma de violencia en contra de ellas.

Minsalud pide tumbar el matrimonio de menores

El Ministerio de Salud se unió a la petición del demandante y pidió tumbar el matrimonio entre menores.

Esa cartera considera que pone en riesgo los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes como la pérdida de oportunidades de educación e ingresos, pero también riesgos de salud por embarazos a una edad temprana.

Según la solicitud de Minsalud, “La evidencia ha demostrado que el matrimonio en menores de 18 años es un factor de riesgo para aumentar los embarazos en la adolescencia, y la maternidad y paternidad temprana”.

Los argumentos de la Procuraduría

La Procuraduría, por su parte, expuso que si bien por regla general las restricciones en el ejercicio de derechos por motivo de la edad son medidas de protección a los menores, esos límites se han ponderado en razón de la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad y del proyecto de vida.

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Añade que, “la jurisprudencia constitucional ha reconocido como válido el consentimiento de los menores de edad para tomar decisiones relativas a su vida sexual y afectiva, así como muchos otros aspectos que tienen que ver con su proyecto de vida propio, entre ellos, contraer matrimonio”.

La Procuraduría consideró que esta habilitación legal, en sí misma, no contraría a los postulados superiores y que las normas demandadas forman parte de una amplia gama de prerrogativas constitucionales y legales en cabeza de los adolescentes.

No obstante, la entidad llamó la atención sobre la cercanía que las uniones tempranas y matrimonios infantiles tienen con los embarazos de niñas y adolescentes, explotación sexual, trata de personas, violencia de género y otras formas de victimización a esta población.

Por eso, para el Ministerio Público a pesar de que los apartes normativos son constitucionales, «omiten incorporar una regulación de controles en lo relacionado con el matrimonio infantil precoz y forzado, y las uniones tempranas».

Además, señala que el permiso de los padres y la naturaleza consensuada de la unión, no resultan suficientes para garantizar el catálogo de derechos fundamentales del menor de edad, ni minimiza los riesgos al menor, por lo cual pide la inconstitucionalidad.

La Procuraduría considera que se requiere la adopción de políticas públicas para prevenir, erradicar y superar los efectos de tales uniones tempranas, las cuales van más allá de declarar la inexequibilidad de las normas acusadas”.

Por lo anterior, el ministerio público aseguró que es necesario que el Congreso asuma el rol de regular de fondo los instrumentos legales necesarios para erradicar la violencia de género y los abusos que se puedan generar sobre los menores de edad, particularmente, sobre la abolición del matrimonio infantil.

Colprensa

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