Corte Constitucional no suspendió totalmente el impuesto al patrimonio del decreto de emergencia del Gobierno
La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó una decisión que despeja parte de la incertidumbre generada alrededor del cobro del impuesto al patrimonio a empresas, derivado de la emergencia económica declarada por el Gobierno Petro. Sin embargo, el alivio tributario es más acotado de lo que muchos esperaban: la suspensión provisional aplica únicamente para un grupo reducido de contribuyentes.
El alto tribunal decidió suspender de forma provisional el recaudo de la segunda cuota de este tributo, pero exclusivamente para las entidades sin ánimo de lucro del régimen especial, entre ellas las universidades, y para las empresas que se encuentran en proceso de liquidación. Para todos los demás contribuyentes, la obligación se mantiene vigente y deberá cumplirse en los términos establecidos.
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El origen del debate
El impuesto al patrimonio para empresas fue contemplado dentro del paquete de medidas tributarias adoptadas por el Gobierno nacional mediante el Decreto 173 del 24 de febrero de 2026, norma que se desprende del Decreto Legislativo 150 de 2026, el cual formalizó la declaratoria de emergencia económica. Dicha emergencia fue motivada por la grave crisis invernal que golpeó a ocho departamentos del país, siendo Córdoba uno de los más afectados.
El pago de la segunda cuota estaba programado para el próximo 4 de mayo de 2026, fecha que sirvió de referencia para que varios sectores buscaran ante la Corte una suspensión de carácter general.
Una suspensión provisional y selectiva
La Corte fue clara en precisar que la medida tiene alcance temporal: la suspensión se mantendrá únicamente hasta que el tribunal emita una decisión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma. Esto significa que el debate jurídico de fondo aún está por resolverse y que el panorama podría modificarse una vez se profiera ese fallo definitivo.
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El presidente Gustavo Petro agradeció el fallo manifestando que: "agradezco a la Corte Constitucional que se haya mantenido el impuesto de patrimonio en la emergencia por el desastre provocado por la crisis climática en el Caribe, estoy de acuerdo que se debían excluir las sociedades sin ánimo de lucro".
Agradezco a la Corte Constitucional que se haya mantenido el impuesto de patrimonio en la emergencia por el desastre provocado por la crisis climática en el Caribe, estoy de acuerdo que se debían excluir las sociedades sin ánimo de lucro https://t.co/fgQX2QSPir
— Gustavo Petro (@petrogustavo) April 30, 2026
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