La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá emitió una decisión histórica que protege el derecho fundamental a la resocialización de las personas que han cumplido sus condenas penales, al ordenar a una entidad bancaria permitir la apertura de una cuenta de ahorros a un ciudadano que había sido rechazado por su historial penal.
La providencia, con ponencia del magistrado Carlos Andrés Guzmán Díaz, resolvió una acción de tutela interpuesta por un ciudadano que, tras recuperar su libertad y buscar reintegrarse plenamente a la vida social y laboral, enfrentó el rechazo sistemático de varias entidades financieras al intentar abrir una cuenta de ahorros.
Vulneración de derechos fundamentales
El demandante relató en su tutela cómo diferentes bancos le negaron el servicio argumentando su historial penal, situación que el Tribunal calificó como una vulneración a sus derechos fundamentales al buen nombre, la dignidad humana y la resocialización.
"Una vez una persona ha cumplido la pena impuesta por la justicia, no puede seguir siendo castigada de manera indefinida por los hechos del pasado", estableció la Sala Penal en su fallo, subrayando que la resocialización constituye uno de los fines esenciales de la pena.
Obstáculo para la reintegración social
El Tribunal fue enfático al señalar que la exclusión del sistema financiero representa un impedimento injustificado para la reintegración social de las personas que han pagado su deuda con la justicia.
"La imposibilidad de abrir una cuenta bancaria representa un obstáculo injustificado para la reintegración de una persona a la sociedad, pues limita su autonomía económica, su posibilidad de trabajar formalmente e incluso su derecho al desarrollo personal y familiar", destacó la providencia.
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Órdenes y exhortación al sector financiero
Como consecuencia de su análisis, la Sala Penal ordenó al banco accionado permitir la apertura de la cuenta solicitada por el demandante. Adicionalmente, la corporación judicial dirigió una exhortación al conjunto del sistema financiero colombiano para que revise sus protocolos internos con el fin de evitar prácticas discriminatorias contra personas con antecedentes penales que hayan cumplido sus condenas.
La decisión sienta un precedente importante en la protección de los derechos de las personas en proceso de resocialización y refuerza el principio constitucional según el cual el cumplimiento de una pena debe permitir la efectiva reintegración del individuo a la sociedad, incluyendo su participación en la vida económica del país.
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