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Justicia

¿Qué tienen que demostrar Mancuso y ‘Jorge 40’ para entrar a la JEP?

El tribunal de paz dejó claro la condición para que ambos exjefes paramilitares entren a la JEP

JEP mancuso jorge 40

La Sección de Apelación de la JEP rechazó el sometimiento de Salvatore Mancuso Gómez y Rodrigo Tovar Pupo ‘Jorge 40’ al evidenciar que ambos confesos paramilitares se desempeñaron únicamente en ser miembros de las AUC y no como miembros de las fuerzas armadas regulares.

Sin embargo, y esto es lo interesante, la JEP no le cerró la puerta totalmente a que estos dos exparamilitares. Les dio una última oportunidad para demostrar una condición personal de sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública.

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Es decir, con prueba en mano deberán contar si la estructura paramilitar que dirigieron tuvo relación directa con las fuerzas armadas militares y de Policía.

«La figura del sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública tiene pleno sustento en el derecho transicional y asiste a la Jurisdicción en sus propósitos constitucionales de “satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia», “ofrecer verdad a la sociedad colombiana» y “contribuir al logro de una paz estable y duradera», explicó la JEP.

Salvatore Mancuso, comisión de la verdad

Foto: Comisión de la Verdad

Mancuso y ‘Jorge 40’ estarán citados en una nueva audiencia en la que tendrán que exponer si como jefes paramilitares se relacionaron con altos mandos de la fuerza pública.

Lo que se podría saber a verdad cierta es si existió o no la conexión entre el Estado y las AUC dentro del marco del conflicto armado.

«La Sección de Apelación ordenó que se adopten, de ser necesario, las medidas de protección requeridas para salvaguardar la vida e integridad del solicitante, de su familia y su apoderado judicial, de cara a las revelaciones que tiene el deber de efectuar», pidió el tribunal de paz.

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