Colombia
Abecé de la ley de cadena perpetua para abusadores de niños, niñas y adolescentes
En RTVC Noticias te contamos el abecé de esta ley que sancionó el presidente Iván Duque.
Este martes, la ley de cadena perpetua contra para abusadores de niños, niñas y adolescentes es una realidad luego de la sanción del presidente Iván Duque.
La aprobación de este articulado se dio luego de cuatro debates ante la Cámara de Representantes y el Senado de la República, en los cuales se discutieron los puntos que entrarán a regir en Colombia.
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En RTVC Noticias te contamos todo lo que debes saber sobre esta ley.
Consideraciones de la ley:
Es aplicable en tres conductas delictivas cuando la víctima sea un menor de edad:
- Cuando se viola el bien jurídico de la vida con la comisión de un delito en modalidad dolosa.
- Cuando se trasgrede en conducta delictiva el bien jurídico de la libertad sexual por acceso carnal que implique violencia o sea puesto en la incapacidad de resistir
- Cuando la víctima sea incapaz de resistir
Puntos básicos de la ley:
Excepcionalidad de la pena:
Cuando la persona comete conductas de homicidio en modalidad dolosa y acceso carnal que implique violencia a un menor de edad, recaerá la pena de prisión perpetua sobre el agresor.
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Revisión en segunda instancia de la pena:
Se dará una segunda instancia para mayor garantía procesal del imputado. Es decir, cuando se trate de prisión perpetua, procederá la doble instancia de manera automática.
Revisión de la pena una vez se haya completado un porcentaje de su cumplimiento
La persona que pague la condena tendrá la opción de reincorporarse a la sociedad luego de 25 años de estar tras las rejas. Esto dependerá de una evaluación por parte de las autoridades.
Imprescriptibilidad de la acción penal
Este es uno de los puntos fundamentales del proyecto de ley estatutaria y se dará cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación sexual cometidos contra niños y adolescentes
Cambios al sistema penal
Con la llegada de esta ley se adicionarán nuevos apartados a la legislación, tanto en el Código Penal como en el Código de Procesamiento Penal se harán algunas modificaciones que permitan la entrada en vigor de le nueva ley
Recolección de pruebas:
Se procederá de la misma manera que se está realizando de manera penal el procedimiento, pero teniendo en cuenta otras circunstancias como la revisión del acervo probatorio
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