¿Fue elegido como jurado de votación el 31 de mayo? Así puede saber si está en la lista de los seleccionados

La entidad informó que, tras la realización del sorteo, 124.011 ciudadanos fueron seleccionados como jurados de votación para las elecciones del próximo 31 de mayo en la capital del país.
¿Fue elegido como jurado de votación el 31 de mayo? Así puede saber si está en la lista de los seleccionados

Esta semana, la Registraduría Nacional del Estado Civil informó que realizó el sorteo en Bogotá para definir a las personas que ejercerán como jurados de votación en los comicios presidenciales de finales de mes. Los seleccionados serán asignados a las 17.162 mesas de votación que se habilitarán en la capital, y el proceso de sorteo continuará en los demás departamentos y ciudades del país.

Los jurados de votación tienen la tarea de recibir los documentos de identidad de los votantes, registrarlos en los formularios para verificar su identidad, entregar el certificado electoral y adelantar las labores de escrutinio, garantizando la transparencia y la eficacia del proceso. Su designación se realiza por sorteo y es responsabilidad de cada ciudadano verificar si fue elegido como jurado.

Quienes deseen consultar si fueron designados como jurados de votación podrán hacerlo de forma virtual a través de la página de la Registraduría (www.registraduria.gov.co). También pueden acercarse a las sedes de la entidad en el país, donde se encuentran publicadas las resoluciones de nombramiento.

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¿Qué debe hacer si fue seleccionado como jurado?

Si usted fue designado como jurado de votación, debe aceptar el nombramiento, ya que el Código Electoral establece su carácter obligatorio. Además, deberá asistir a la capacitación de la Registraduría, incluso si ha participado previamente en estos procesos. La fecha y hora pueden consultarse en la página de la entidad.

El día de las elecciones, los jurados deben presentarse desde las 7:00 a. m. en el puesto de votación y solo podrán retirarse una vez finalice el escrutinio de la mesa y hayan entregado los votos y formularios al delegado de la Registraduría. En caso de inasistencia o abandono del cargo, el Código Electoral establece multas de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes (17.509.050 pesos). Además, si se trata de servidores públicos, podrán ser destituidos.

La Registraduría solo admite cinco causales de exoneración para ser jurado de votación:

  • Grave enfermedad del jurado o su cónyuge, padre, madre o hijos.
  • Muerte del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijos ocurrida el día de las elecciones o en los tres días anteriores de la elección.
  • No ser residente en el lugar donde fue designado.
  • Ser menor de 18 años (no aplica en elecciones de Consejos de Juventud).
  • Haberse inscrito y votar en otro municipio.
  • En caso de requerirlo, el ciudadano deberá acercarse a la sede de la Registraduría que lo designó como jurado y acreditar con documentos la excusa.

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Por otra parte, quienes cumplan con su labor tendrán derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que podrán hacer efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la elección.

Según cifras de la Registraduría, para el 31 de mayo están habilitadas para votar 41.421.973 personas en Colombia, en 120.527 mesas distribuidas en 13.742 puestos de votación.

*En convergencia con Radio Nacional de Colombia.


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