'Epa Colombia’ seguirá privada de la libertad mientras se decide la apelación de su condena
La puerta que buscaba abrir Daneidy Barrera Rojas, conocida como Epa Colombia, se cerró en el despacho que define el rumbo inmediato de una sentencia: el juez tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad negó la extinción y la redosificación de la condena que cumple por el caso de la estación de TransMilenio vandalizada en 2019.
La decisión mantiene el escenario tal como está hoy: Barrera Rojas seguirá privada de la libertad en la Escuela de Carabineros de la Policía en Bogotá, mientras se tramita la apelación anunciada por su defensa.
Qué buscaba la solicitud y por qué importa la negativa
La defensa intentó llevar el caso por el carril de la justicia restaurativa, apoyándose en la Ley 2477 de 2025, que fortalece mecanismos para descongestionar la justicia y enfatiza la reparación a las víctimas. En términos prácticos, la apuesta era que ese nuevo marco permitiera, en etapa de ejecución, un resultado favorable sobre la pena.
El juez dijo no. Y ese “no” pesa por una razón sencilla: fija un límite, por ahora, a la idea de que ese enfoque sea suficiente para extinguir o recalcular la condena en este caso. La discusión se traslada a la apelación: allí se verá si la instancia superior confirma la decisión o abre una lectura distinta sobre la aplicabilidad de la Ley 2477 en una pena ya ejecutoriada.
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El antecedente: la condena y los delitos por los que fue hallada responsable
El caso se origina en los hechos del 22 de noviembre de 2019, cuando Barrera Rojas vandalizó una estación de TransMilenio en Bogotá y esos actos circularon en videos que hicieron parte de la evidencia del proceso.
La Corte Suprema confirmó la condena a cinco años y tres meses y ordenó su captura para cumplir la pena en prisión. Según el reporte de Caracol, en el expediente se reseñan como delitos instigación a delinquir con fines terroristas, daño en bien ajeno y obstrucción del transporte público.
Lo que viene: el proceso se juega en la instancia que resuelva la apelación
La defensa presentó recurso de apelación frente a las dos negativas: extinción y redosificación. Ese es el punto procesal que marca el siguiente capítulo: ya no se discute el fallo de la Corte, sino si el juez de ejecución interpretó correctamente el alcance de la Ley 2477 y si, en este caso, hay o no lugar a modificar la pena.
En paralelo, el caso muestra que la defensa ha intentado otras rutas: el año pasado, por ejemplo, se pidió aplicar una norma de “utilidad pública”. Sin embargo, la entonces ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, sostuvo que no aplicaba por la naturaleza de los delitos.
Este auto no reabre el juicio ni reescribe la sentencia: define, por ahora, que la condena se mantiene intacta y que la salida no está en declarar extinguida la pena ni en recalcularla por la vía intentada. El pulso queda en manos de la apelación: si el superior confirma la negativa, la defensa tendrá que ajustar su estrategia dentro de los márgenes reales de ejecución.
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