La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia avanza en la fase decisiva del juicio contra el magistrado del Consejo Nacional Electoral, Álvaro Hernán Prada, investigado por su presunta participación en un caso de soborno a testigos en actuación penal.
Durante la audiencia de alegatos finales, el delegado de la Procuraduría General de la Nación solicitó formalmente al alto tribunal emitir una sentencia condenatoria, al considerar que el material probatorio recaudado permitiría establecer la responsabilidad del funcionario en maniobras orientadas a influir en un testigo clave.
El Ministerio Público sostuvo que la conducta investigada habría afectado el bien jurídico de la recta administración de justicia, al intentar interferir en el desarrollo de un proceso penal en curso.
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¿Cómo se relaciona este caso con el proceso judicial contra Álvaro Uribe?
La investigación contra Prada se desprende del expediente que involucra al expresidente Álvaro Uribe Vélez, en el que se indagan presuntos intentos de modificar testimonios relacionados con señalamientos sobre vínculos con grupos paramilitares.
Según la acusación, en febrero de 2018, el entonces congresista habría tenido contacto con Carlos Eduardo López Callejas, alias “Caliche”, con el propósito de que este intermediara ante el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve. El objetivo, de acuerdo con el expediente, habría sido lograr que el testigo cambiara su versión y atribuyera sus declaraciones a una supuesta manipulación del entonces senador Iván Cepeda Castro.
La Procuraduría sostiene que estos hechos podrían configurar una acción orientada a incidir en el curso de una investigación penal de alto impacto político.
¿Qué argumentos presentó la defensa del magistrado del Consejo Nacional Electoral?
Durante su intervención, Álvaro Hernán Prada rechazó los señalamientos y aseguró que nunca sostuvo contacto directo con el testigo ni realizó gestiones para influir en su declaración. Según afirmó, su participación se limitó a recibir información de terceros que mencionaban la existencia de una posible retractación.
El magistrado también señaló que no ofreció beneficios ni intervino en el contenido de eventuales testimonios, y cuestionó la solidez de algunos relatos incluidos en el expediente, al advertir inconsistencias en las versiones conocidas durante el proceso.
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Concluida la etapa de alegatos, la Corte Suprema de Justicia deberá analizar el conjunto de pruebas, testimonios y argumentos presentados por las partes para determinar si emite una condena o una absolución contra el magistrado del CNE.
Decisión del CNE sobre participación el Pacto Histórico en las consultas
El fallo será determinante para establecer la eventual responsabilidad penal del funcionario y tendrá implicaciones relevantes en el ámbito institucional, dado el contexto político y judicial que rodea el caso.
La reciente decisión del Consejo Nacional Electoral sobre la participación de Iván Cepeda en la consulta presidencial del Pacto Histórico ha sido interpretada por sectores progresistas como una medida restrictiva que limita la pluralidad interna de la coalición de izquierda.
El tribunal electoral concluyó que la consulta interna realizada en 2025 equivalía jurídicamente a una consulta interpartidista, lo que impediría al senador competir nuevamente en el mecanismo conjunto previsto para 2026; sin embargo, desde el entorno de Cepeda se sostiene que esta interpretación desconoce el proceso político real de conformación del movimiento y termina afectando el derecho democrático de las bases a elegir entre varias opciones.
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