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Colombia

«Ayudar a una persona a suicidarse no es homicidio»: Corte Suprema

El alto tribunal se refirió al tema luego de estudiar un caso de una enfermera que le pago a un habitante de calle para que le ayudará a suicidarse.

Por primera vez la Corte Suprema se refirió al delito de ‘ayuda al suicidio’ que contempla el código penal e hizo precisiones cuándo se incurre en este y cuándo es homicidio.

Por tal razón el alto tribunal declaró que ayudar al suicidio no se constituye delito de ayuda, sino homicidio, luego de estudiar un caso de una joven enfermera que pagó una suma de dinero a un habitante de calle para que le ayudara en su intención de quitarse la vida.

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El alto tribunal indicó que se debe castigar en la “ayuda al suicidio” es la “mera ayuda” para que el suicida lleve a término su intención.

Aunque precisó que «el tercero que con su propia mano le quita la vida a esa persona, más que cooperar o aportar para el logro de resultado, lo que hace es cometer un homicidio«.

Sin embargo, de acuerdo con el fallo el procesado no será condenado por el delito de homicidio y si por el de ‘ayuda al suicidio’, lo significa una reducción considerable en la condena.

La conclusión de la Corte Suprema

El magistrado José Francisco Acuña «sostengo que la correcta interpretación del artículo 107 del Código Penal lleva a concluir que el comportamiento de Ramírez Carvajal (habitante de calle), corresponde en todo caso a la descripción típica del delito de inducción o ayuda al suicidio en la modalidad ayudar«.

Además expresa que «ha debido aplicarse la excepción de inconstitucionalidad sobre dicha norma y, por consecuencia, absolverse al procesado del cargo que le fue imputado».

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