Viral: en el norte de Bogotá, mujer agrede a un domiciliario durante una entrega
Un video publicado originalmente en Tiktok circuló masivamente entre el sábado 17 y la mañana de este domingo 18 de enero y muestra a una mujer agrediendo a un domiciliario mientras él graba la escena con su celular. El hecho ocurrió en un sector residencial del norte de Bogotá y, según las descripciones, el trabajador estaba cumpliendo una entrega de la empresa Domino’s Pizza.
En el video se observa que la mujer agrede e insulta al trabajador por una presunta demora y un tono de descalificación ligado al oficio del domiciliario. La mujer le exige que se retire del lugar y, en un momento de la discusión, afirma que el trabajador “no pertenece al barrio” acudiendo a argumentos clasistas, según se escucha en la grabación.
La confrontación escala al final del clip: la agresión verbal deriva en un hecho físico cuando la mujer patea la motocicleta del repartidor. Esa acción quedó registrada por la cámara del trabajador y fue uno de los elementos que detonó la indignación pública en redes sociales.
Lo que muestran las imágenes y lo que está confirmado
Además de la agresión verbal y física, la mujer cuyo nombre es "Liliana", según dice la grabación, además amenazó al repartidor con llamar a la Policía y con quejarse ante la empresa. También aparece en la escena un hombre mayor acompañándola, que intenta bajar el tono y le pide que entre a la vivienda, mientras hace gestos al repartidor para que se retire.
El domiciliario, por su parte, mantiene una actitud calmada y continúa grabando, lo que en redes fue leído como una forma de documentar lo ocurrido. Hasta ahora no se conoce un pronunciamiento oficial de la mujer ni de Domino’s Pizza Colombia, y tampoco se conoce una denuncia formal ante autoridades.
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Qué rutas existen si hay trato discriminatorio o afectación a la convivencia
Los episodios que se hacen públicos por redes sociales no reemplazan la verificación institucional, pero sí suelen activar preguntas sobre qué procede cuando hay agresiones o tratos que puedan encajar en conductas sancionables. El Ministerio de Justicia señala que, ante situaciones de discriminación, la ciudadanía puede acudir a la autoridad de Policía para poner en conocimiento el hecho y, si hay mérito, iniciar el procedimiento correspondiente.
En el marco del Código Nacional de Seguridad y Convivencia, la ley fija el valor de las multas generales y establece que la multa tipo 4 equivale a 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). En cada caso, la autoridad debe valorar la conducta y la evidencia para determinar si hay lugar a medida correctiva y bajo qué numeral específico.
En el plano penal, la Ley 1752 de 2015 incorporó los delitos de actos de discriminación (art. 134A) y hostigamiento (art. 134B) en el Código Penal, con penas de 12 a 36 meses de prisión y multas de 10 a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), siempre que los hechos se ajusten a lo que describe la norma y así lo determinen Fiscalía y jueces.
Un celular en la calle puede convertir un acto de agresión en un documento público en cuestión de horas. La discusión social se mueve rápido; las consecuencias institucionales, en cambio, dependen de un punto básico y verificable: si hay denuncia, qué pruebas se aportan y qué concluyen las autoridades sobre la conducta y su alcance.
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