MinTrabajo impone medidas preventivas a Caracol S.A. por presuntas violaciones a normas laborales

Tras una visita sin previo aviso en Bogotá, el Ministerio del Trabajo dictó medidas preventivas contra Caracol S.A., empresa propietaria de Caracol Radio, por presuntas vulneraciones al fuero circunstancial de trabajadores sindicalizados.
Edificio de Caracol Radio.
Foto: El Ministerio del Trabajo señaló que estas decisiones se enmarcan en su función constitucional de vigilancia, inspección y control de las relaciones laborales. / AFP.

El Ministerio del Trabajo ordenó medidas preventivas contra la empresa Caracol, Primera Cadena Radial Colombiana S.A., luego de una visita de inspección específica realizada sin previo aviso a sus instalaciones en Bogotá. La actuación administrativa se originó tras la verificación directa de documentos laborales por parte de inspectores de la Dirección Territorial de la capital.

De acuerdo con el reporte oficial, en el procedimiento de registro y validación documental se estableció que la empresa presuntamente habría incumplido lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto 2351, en concordancia con el artículo 10 del Decreto 1373, relacionados con la protección del fuero circunstancial de los trabajadores sindicalizados.

Las medidas fueron comunicadas tanto al empleador como a las organizaciones sindicales, y permanecerán vigentes hasta la finalización del proceso administrativo sancionatorio, que se encuentra en curso.

Inspección laboral y presunta vulneración del fuero sindical

La actuación administrativa fue adelantada por inspectores adscritos a la Dirección Territorial de Bogotá del Ministerio del Trabajo, quienes realizaron una visita de carácter específico a las instalaciones de Caracol, Primera Cadena Radial Colombiana S.A..

En el curso de la inspección y tras la validación de documentación, la autoridad laboral estableció que, de manera presuntiva, no se habría garantizado el fuero circunstancial de las y los trabajadores sindicalizados del Sindicato Nacional de Trabajadores de Caracol S.A. (Sintracaracol), en el marco de las garantías previstas para procesos de negociación colectiva.

Este tipo de fuero protege a los trabajadores sindicalizados frente a despidos o decisiones unilaterales del empleador durante etapas sensibles de organización o negociación, y su desconocimiento da lugar a la intervención inmediata de la autoridad laboral.

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Órdenes preventivas mientras avanza el proceso sancionatorio

Como consecuencia de los hallazgos, el Ministerio del Trabajo ordenó abstenerse de efectuar la terminación de contratos individuales de trabajo sin justa causa, así como de aplicar acuerdos de retiro voluntario o figuras análogas, incluidas aquellas que ya se encuentren en curso de notificación, hasta tanto exista un acto administrativo ejecutoriado que resuelva el proceso sancionatorio.

De manera complementaria, se ordenó abstenerse de ejecutar cualquier acto atentatorio contra la libertad sindical, con el fin de garantizar de forma efectiva el fuero circunstancial de los trabajadores sindicalizados en el contexto de la negociación colectiva.

Las medidas tienen carácter estrictamente preventivo y buscan evitar perjuicios irreparables a los derechos laborales mientras se surte la actuación administrativa de fondo.

Garantías laborales y alcance institucional de la medida

El Ministerio del Trabajo señaló que estas decisiones se enmarcan en su función constitucional de vigilancia, inspección y control de las relaciones laborales, con el propósito de asegurar el cumplimiento de la normatividad vigente.

Desde la cartera laboral se reiteró el compromiso institucional de garantizar condiciones de trabajo digno y decente, en consonancia con los principios de protección a la organización sindical y al debido proceso administrativo.

La actuación se encuentra bajo trámite regular y será concluida una vez quede en firme el acto administrativo que decida de fondo la eventual responsabilidad de la empresa, conforme a lo establecido en la legislación laboral colombiana.


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