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Economía y Emprendimiento

¿Cuándo deben pagar los empleadores los intereses de las cesantías?

En el noti de todos te contamos todo lo que debes saber de este pago.

Los intereses de las cesantías corresponden a ese valor que la empresa reconoce a sus trabajadores sobre la prestación social de las cesantías.

Corresponden al 12 % anual sobre los saldos que tenga a su favor por este concepto, con corte al 31 de diciembre de cada año o en las fechas de retiro definitivo del trabajador o de liquidación parcial de cesantías, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 1 de la ley 52 de 1975.

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Este pago se hace directamente al trabajador a más tardar el 31 de enero.

¿Qué son las cesantías?

Las cesantías son una prestación social a la que tiene derecho todo trabajador con un vínculo laboral y corresponde a un mes de salario por cada año de servicio prestado.

Foto: Colprensa

¿Quién debe pagar los intereses de las cesantías?

Los intereses a la cesantías deben ser pagadas por el empleador de forma directa o consignadas a la cuenta del trabajador.

¿Desde cuándo se pueden pagar y cuál es el plazo máximo?

Por disposición legal los intereses de las cesantías se deben pagar a más tardar el 31 de enero del año siguiente. 

Por terminación del contrato laboral con anterioridad a la finalización del año, los intereses sobre las cesantías se deben cancelar proporcionalmente al tiempo trabajado al momento de finalizar el contrato laboral. 

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¿A cuánto equivale este valor?

Para conocer cuál es el valor correspondiente a este pago se aplica la siguiente fórmula: 

Días laborados X 0.12 X Salario Mensual / 360 días = el valor correspondiente a los intereses de las cesantías.

Foto: Colprensa

¿A dónde acudir si el trabajador no recibe este dinero?

Los trabajadores podrán acudir al Ministerio de Trabajo para instaurar la respectiva queja. 

Los empleadores podrán ser multados y deberán pagar una sanción moratoria. 

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