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Colombia

Pensión para desmovilizados: excombatiente del PRT, primero en lograrla por vía administrativa

La ley 100 de 1993 ya contemplaba la provisión de una pensión mínima como garantía para quienes optaran por el proceso de desmovilización.

Pensión para desmovilizados: otro ciudadano se suma al proceso. Foto: Agencia para la reincorporación.

Arnulfo Ramírez Poveda se convierte en el primer desmovilizado en recibir la pensión especial de vejez por vía administrativa en Colombia.

Este reconocimiento marca un avance en la protección de los derechos de aquellos que han participado en procesos de desmovilización en el país.

La pensión especial de vejez para desmovilizados es un beneficio que únicamente se aplica a aquellos ciudadanos que se han desmovilizado o lo hagan de forma colectiva en el contexto de un proceso de paz suscrito entre el Gobierno Nacional y grupos armados ilegales, siempre y cuando estos casos estén autorizados por la ley 100 de 1993.

Arnulfo Poveda, quien formó parte del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) y ahora aboga por los derechos de los desmovilizados, destaca la importancia de este logro.

«Invito a todos los compañeros de las organizaciones de desmovilizadas de los años 90, los paramilitares, los compañeros de Los Comunes a tener en cuenta este punto importante en las negociaciones respecto a la pensión de desmovilizados, que tiene que ver con el artículo 147 de la ley 100″, expresó Poveda.

Por su parte, Alexander Úsuga del EPL, resaltó que este proceso se enmarca en la constitución de 1991, que fue concebida como una expresión de levantamiento social y acuerdos entre el gobierno y movimientos insurgentes.

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Según Úsuga, la Constitución de 1991 ha sido fundamental para los logros y desarrollos democráticos en Colombia, incluyendo mejoras en las condiciones de vida del pueblo.

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