Invima cancela registros sanitarios de esmaltes semipermanentes por contener sustancias tóxicas
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) ordenó la cancelación de 136 Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO) correspondientes a esmaltes semipermanentes que contenían sustancias prohibidas. La decisión se adoptó mediante la Resolución 2026007526 del 17 de febrero de 2026, en cumplimiento de la Resolución 2548 de 2025 de la Comunidad Andina (CAN).
Según la entidad, los productos afectados incluían en su composición los ingredientes Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT), compuestos que fueron prohibidos por el artículo 3 de la normativa andina debido a los riesgos que representan para la salud.
La medida establece que estos esmaltes no pueden seguir comercializándose ni venderse hasta agotar existencias desde el 16 de febrero de 2026. Asimismo, queda prohibida su venta en toda la subregión andina. La decisión se fundamenta en evidencia científica que relaciona dichas sustancias con posibles efectos carcinogénicos, toxicidad para la reproducción y reacciones de sensibilización en la piel.
El proceso de cancelación se ejecutó automáticamente una vez vencido el plazo de 60 días otorgado tras la publicación de la resolución en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, el 15 de diciembre de 2025.
Con esta determinación, la Comunidad Andina y las autoridades sanitarias de los países miembros buscan reforzar la protección de la salud pública y garantizar que los productos cosméticos disponibles en el mercado cumplan con estándares estrictos de seguridad, tanto para consumidores como para profesionales del sector de la belleza.
El Invima hizo un llamado a fabricantes, importadores, distribuidores y establecimientos comerciales para que verifiquen de manera constante el cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y consulten la información disponible en los canales oficiales.
La entidad reiteró que el cumplimiento oportuno de las disposiciones regulatorias es clave para fortalecer la confianza en el mercado y proteger la salud de la población. Asimismo, señaló que continuará brindando orientación técnica a los actores del sector como parte de su labor de vigilancia y control sanitario en el país.
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Contexto internacional: Francia también restringió estas sustancias en productos cosméticos
La prohibición de los ingredientes Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT) en esmaltes semipermanentes se enmarca en una tendencia regulatoria internacional orientada a fortalecer la seguridad de los productos cosméticos. En Europa, y particularmente en Francia, las autoridades sanitarias ya habían advertido sobre los riesgos asociados a estas sustancias antes de su restricción en la Comunidad Andina.
En el caso del TPO, este fotoiniciador utilizado en esmaltes de gel y productos para uñas ha sido objeto de revisión por parte de las autoridades regulatorias europeas debido a su posible toxicidad para la reproducción. Tras evaluaciones científicas realizadas en el marco del Reglamento Europeo de Cosméticos, se determinó que su uso en productos cosméticos representaba un riesgo potencial para la salud humana, especialmente para trabajadores del sector de la belleza que tienen una exposición frecuente.
En Francia, la Agencia Nacional de Seguridad Sanitaria de la Alimentación, el Medio Ambiente y el Trabajo (ANSES) participó en las evaluaciones técnicas que llevaron a restringir el uso de esta sustancia en la Unión Europea. Como resultado, el TPO fue incluido en las listas de sustancias prohibidas o restringidas en productos cosméticos dentro del bloque europeo.
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De manera similar, el compuesto N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT), empleado como acelerador químico en algunos productos para uñas, también ha generado preocupación en la comunidad científica por sus posibles efectos tóxicos. Estudios toxicológicos han señalado riesgos potenciales asociados a irritaciones cutáneas y otros efectos adversos derivados de su exposición prolongada.
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