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Colombia

Contratos por prestación de servicios, en la mira del gobierno de Gustavo Petro

Ministra de trabajo, Gloria Inés Ramírez: «deben ir desapareciendo» los contratos de Prestación de Servicios en el país.

Ministra de trabajo, Gloria Inés Ramírez, contrato por prestación de servicios MinTrabajo
Foto: Colprensa

Los contratos de prestación de servicios han generado controversias en el país, al punto que la nueva ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, se ha pronunciado sobre el tema en reiteradas oportunidades tras su llegada al cargo.

La invitación de la actual titular de la cartera es revisar de fondo el tema, pues son varios los detalles que deberían tenerse en cuenta, ya que, en palabras de la ministra, “van en contravía de lo que es el salario decente”.

Las cifras permiten ver que, por ejemplo, en mayo de 2022, más de dos millones de personas cotizaron en su seguridad social como independientes.

Lo que quiere decir que una buena parte de ciudadanos se emplean bajo la modalidad de un contrato por prestación de servicios.

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Una de las principales características es que el empleador no debe pagar las prestaciones sociales del trabajador, así como tampoco vacaciones remuneradas y ni primas.

La base de cotización para ellos es completa, lo que equivale a cerca del 40 %, que se deducen en pensión y salud.

Bajo el argumento de que la modalidad por prestación de servicios no brinda garantías suficientes para el trabajador es que la ministra Ramírez está diciendo que este, paulatinamente, debe ir desapareciendo.

Ley trabajo en casa, contrato por prestación de servicios.

Foto: Pixabay.

“Que un trabajador o una trabajadora  que va a generar un trabajo, tiene que generarlo con unos mínimos niveles de estabilidad, en vez de poner tres o cuatro, que coloque uno, pero bien.

Avanzamos, aumentamos empresas, las consolidamos, pero sin precarización laboral”, señaló la jefe de la cartera laboral.

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¿Qué dijeron académicos sobre los contratos por prestación de servicios?

Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, considera que:

Más que eliminar esta modalidad, lo que debe hacerse es trabajar en que se cumpla la norma y que este tipo de contratación no se convierta en una excusa para no pagarles debidamente a los trabajadores.

El académico subrayó que en el sector público se presentan todo tipo de irregularidades en relación con contratos de prestación de servicios.

“La muy frecuentada, pero poco cumplida, sentencia 614 de 2009 ya indicaba que no se puede recurrir a órdenes de prestación de servicios para el desempeño de actividades que se enmarquen en lo permanente de las entidades». 

«Por esta vía se han abierto problemáticas como corbatas o nóminas paralelas». Señaló el académico.

Además dijo que «Se calcula que hay encubiertos en el sector público unos 1.200 trabajadores por prestación de servicios”.

Por otro lado, Stefano Farné, director del Observatorio Laboral de la Universidad Externado, señaló que una posible eliminación de la figura de prestación de servicios provocaría complicaciones burocráticas.

Pues desde Función Pública tendrían que emitirse autorizaciones para contratar personal.

Lo que sí es cierto es que la ministra está preparando una reforma laboral que, junto a la eliminación o, cuando menos, transformación de la figura de contratación por prestación de servicios.

Lo que se busca es brindarles más garantías a los trabajadores del país.

“Cambie el sistema de contratación, lo que Colombia ha firmado internacionalmente que es el convenio de la OIT, donde se nos plantea que vamos hacia el trabajo digno y decente».

Farné fue claro en que no todo contrato por prestación de servicios es precario pues, sobre todo en el sector público, hay contratos que superan los diez millones de pesos.

Para él la transformación de esta modalidad solo representaría un aumento notable en la calidad de contrato de cualquier trabajador en el país.

Para Michael Ortegón, decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de Uninpahu, el efecto que la eliminación o modificación de esta figura puede tener sobre las empresas colombianas es relativo.

Explica que todo depende de la capacidad productiva de las mismas y de qué tan costoso les resulte contratar a alguien por prestación de servicios o hacerlo dentro de la nómina de la compañía.

Explicó que esa dinámica hace parte de las funciones regulatorias del Estado sobre la economía y los mecanismos de contratación.

Añadió que las empresas que no estén en condiciones de pagar prestaciones como podría llegar a ocurrir terminarían con menos personal en sus filas o derrumbándose por falta de productividad y capital.

Por último, Jaramillo considera inviable la eliminación de estos contratos pues:

“ Hay que buscar las formas idóneas para vigilar y mejorar la aplicación de dinámicas, evitando que se encubran otro tipo de relaciones laborales».

«Debe hacer políticas públicas de intervención capaces de disuadir la mala utilización de este tipo de herramientas, que son jurídicamente admisibles”.

Colprensa. 

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