Declaracion-Renta-Colombia.jpg

Declaración de renta: ¿Qué debes tener en cuenta para presentarla?

Foto: A partir del 10 de agosto empezarán a correr los plazos para que las personas naturales presenten la declaración de renta. Freepik
Publicado:
A partir del 10 de agosto empezarán a correr los plazos para que personas naturales declaren.

¿Cómo funciona la declaración de renta? ¿Quién debe declarar renta? ¿Cuándo declarar renta? Estas y otras preguntas surgen por esta época, cuando se aproxima la fecha en la que empezarán a correr los plazos para que las personas naturales presenten la declaración de renta, en este caso, correspondiente al año gravable de 2021. Y es que según indicó la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales (Dian), a partir del 10 de agosto y hasta el 20 de octubre, los contribuyentes deberán declarar.

Número de vencimiento declaración de renta

La Dian dispuso una serie de fechas para presentar la declaración, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos de Identificación Tributaria (NIT) y la cédula, en el caso de las personas naturales. Este es el calendario:

Agosto

  • 10 de agosto: 01 y 02
  • 11 de agosto: 03 y 04
  • 12 de agosto: 05 y 06
  • 13 de agosto: 07 y 08
  • 17 de agosto: 09 y 10
  • 18 de agosto: 11 y 12
  • 19 de agosto: 13 y 14
  • 20 de agosto: 15 y 16
  • 23 de agosto: 17 y 18
  • 24 de agosto: 19 y 20
  • 25 de agosto: 21 y 22
  • 26 de agosto: 23 y 24
  • 27 de agosto: 25 y 26
  • 30 de agosto: 27 y 28
  • 31 de agosto: 29 y 30

Septiembre

  • Septiembre 1: 31 y 32
  • Septiembre 2: 33 y 34
  • Septiembre 3: 35 y 36
  • Septiembre 6: 37 y 38
  • Septiembre 7: 39 y 40
  • Septiembre 8: 41 y 42
  • Septiembre 9: 43 y 44
  • Septiembre 10: 45 y 46
  • Septiembre 13: 47 y 48
  • Septiembre 14: 49 y 50
  • Septiembre 15: 51 y 52
  • Septiembre 16: 53 y 54
  • Septiembre 17: 55 y 56
  • Septiembre 20: 57 y 58
  • Septiembre 21: 59 y 60
  • Septiembre 22: 61 y 62
  • Septiembre 23: 63 y 64
  • Septiembre 24: 65 y 66
  • Septiembre 27: 67 y 68
  • Septiembre 28: 69 y 70
  • Septiembre 29: 71 y 72
  • Septiembre 30: 73 y 74

Octubre

  • Octubre 1: 75 y 76
  • Octubre 4: 77 y 78
  • Octubre 5: 79 y 80
  • Octubre 6: 81 y 82
  • Octubre 7: 83 y 84
  • Octubre 8: 85 y 86
  • Octubre 11: 87 y 88
  • Octubre 12: 89 y 90
  • Octubre 13: 91 y 92
  • Octubre 14: 93 y 94
  • Octubre 15: 95 y 96
  • Octubre 19: 97 y 98
  • Octubre 20: 99 y 00
Aunque estas fechas son el límite para cumplir, los ciudadanos tienen la posibilidad de presentar su declaración antes.

¿Quiénes deben declarar?

Las personas que deben declarar son:
  1. Quienes tengan un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020
  2. Quienes hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) en 2020
  3. Quienes hayan realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante 2020
  4. Quienes hayan realizado compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) en 2020
  5. Quienes hayan recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT ($49.850.000) en 2020
  6. Quienes sean responsables del IVA al cierre del año gravable 2020

¿Cómo declarar renta?

Antes de declarar renta recuerda:
  • Estar inscrito el RUT
  • Tener una cuenta de usuario en la Dian
  • Poseer una firma electrónica
Además, ten presente que para este año, la Dian puso a disposición de los contribuyentes el mecanismo de declaración sugerida de renta, con el objetivo de agilizar el proceso. ¿Qué pasa si no declaras en los tiempos estipulados? En caso de presentar la declaración de renta podrías enfrentarte a una sanción del 5% del impuesto que tienen a cargo por fracción de mes. La multa puede ir aumentando de acuerdo con el tiempo de demora en la declaración.