El presidente Gustavo Petro defendió la legalidad de la convocatoria de la consulta popular, prevista en la Ley Estatutaria 1757 de 2015, y señaló que el Senado incumplió los plazos establecidos para emitir concepto, por lo cual queda habilitado para expedir el decreto respectivo.
A través de su cuenta en X, el primer mandatario afirmó que, de acuerdo con el artículo 33 literal c de dicha ley, el presidente de la República puede emitir el decreto de convocatoria aun si el Senado no se pronuncia:
“El decreto de consulta tiene una base legal, que impide cualquier prevaricato”, aseguró el jefe de Estado, ya que existen dos escenarios legales: si el Senado emite concepto (favorable o desfavorable) o si no lo hace dentro del mes posterior a la radicación de la solicitud.
El decreto de consulta tiene una base legal, que impide cualquier prevaricato, se trata del artículo 33c de la ley 1757, que permite a nivel legal, diferenciar entre si el senado vota el concepto previo, sea favorable o desfavorable o no se pronuncia. En ambas opciones el… https://t.co/a39457bH13 pic.twitter.com/qyIkNBe7WA
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 11, 2025
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La solicitud fue radicada el 1 de mayo de 2025, lo que daba al Senado hasta el 1 de junio para emitir concepto. Según la ley, si ese plazo vence sin pronunciamiento, el presidente puede proceder con el decreto dentro de los siguientes ocho días hábiles, es decir, hasta el 12 de junio de 2025.
Críticas al Congreso
En el mismo mensaje, Gustavo Petro criticó al presidente del Senado por, según él, no permitir la aprobación de la reforma laboral durante el último día hábil antes del vencimiento del plazo:
“El presidente del Senado decidió cerrar el Congreso y perder todo el martes, para que el presidente solo tuviera el día de mañana para usar la Ley 1757”, declaró el primer mandatario.
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El jefe de Estado también afirmó que se utilizó el atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay como argumento para “excluir al pueblo de la consulta popular y de la reforma laboral”.
El presidente Petro recordó además que un fallo judicial había declarado la violación al debido proceso legislativo y ordenado acatar la apelación de la senadora María José Pizarro, razón por la cual la votación del concepto previo en el Senado no quedó perfeccionada.
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