Salario Vital queda en firme tras segundo fallo judicial, confirma el Ministerio del Trabajo

El Salario Vital quedó en firme luego de que un juzgado de Cúcuta negara una tutela contra el Decreto 1469 de 2025, al considerar que no hubo afectación al mínimo vital.
Salario mínimo sigue firme. / Foto: Presidencia.
Foto: Salario mínimo sigue firme. / Foto: Presidencia.

El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, confirmó que el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta negó la acción de tutela contra el Decreto 1469 de 2025.

De acuerdo con la negación de la tutela que se declaró improcedente por dirigirse contra un acto administrativo de carácter general, cuyo control corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa y no al juez constitucional.

“El despacho reiteró que no se probó afectación concreta al mínimo vital ni perjuicio irremediable, y que la tutela no puede usarse como mecanismo de control abstracto de legalidad”, dio a conocer el ministro Sanguino.

 

 

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Salario vital en firme

Cabe mencionar que es la segunda tutela que no prospera en contra del salario mínimo vital que beneficiará a más de dos millones de trabajadores en el país.

Puesto que el 14 de enero, otro juzgado declaró que no cumplió con las exigencias legales la tutela con medida provisional que interpuso el exmagistrado Alejandro Linares en contra del aumento del salario mínimo en el país.

El despacho no decretará la medida provisional invocada, la cual guarda identidad con la pretensión principal de la presente acción de la acción constitucional, difiriendo la decisión de amparar o no las pretensiones que eleve el accionante a la sentencia que finiquite en primera instancia la acción constitucional invocada”, sostuvo el juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Bogotá.

 

 

Salario mínimo para los colombianos

Frente a esta situación, el ministro dejó en claro que el decreto sigue en firme con el aumento del salario mínimo vital y que cumple el artículo 53 de la Constitución de 1991.

“Junto con el Ministerio de las y los Trabajadores y el presidente Gustavo Petro, seguiremos defendiendo lo que dicta la Constitución y las cifras: que el salario alcance para vivir mejor, recupere rezagos y que el crecimiento económico llegue también a quienes sostienen el país con su trabajo”, sostuvo el ministro.

Artículo 53 de la Constitución de 1991

El Artículo 53 de la Constitución Política de Colombia de 1991 establece que el Congreso debe expedir el Estatuto del Trabajo, el cual debe basarse en principios mínimos fundamentales como la igualdad de oportunidades, remuneración mínima vital, estabilidad laboral, irrenunciabilidad a derechos, primacía de la realidad, y protección especial a la mujer, la maternidad y los menores trabajadores, además de garantizar la seguridad social y el descanso. 

Este artículo consagra la base de los derechos laborales en Colombia, exigiendo al legislador la creación de un marco que proteja dignamente al trabajador.


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