Tribunal Superior de Bogotá absuelve en segunda instancia al expresidente Álvaro Uribe

El Tribunal Superior de Bogotá ha absuelto al expresidente Álvaro Uribe Vélez del cargo de soborno a testigos y fraude procesal en segunda instancia.
Al mismo tiempo, el tribunal declaró ilegales las interceptaciones telefónicas efectuadas entre Uribe y su exabogado Diego Cadena, al considerar que hubo una “vulneración al derecho a la intimidad”.
⚖️🚨#JuicioUribeXRTVC | ¡ATENCIÓN! El Tribunal Superior de Bogotá determinó que Álvaro Uribe Vélez es inocente de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
Contra este fallo procede el recurso extraordinario de casación.
La decisión también incluye un… pic.twitter.com/9uefbMAB0p— RTVC Noticias (@RTVCnoticias) October 21, 2025
Antecedentes: primera instancia
- En julio de 2025, la jueza Sandra Liliana Heredia, del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, encontró culpable a Uribe de los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal, y lo condenó a 12 años de prisión domiciliaria.
- La defensa apeló, y el caso pasó al Tribunal Superior de Bogotá —donde tres magistrados especializados se encargaron de la revisión exclusiva del expediente.
- En agosto de 2025, el tribunal ya había ordenado la libertad inmediata de Uribe mientras se resolvía la apelación, tras considerar que la medida de detención domiciliaria era “desproporcionada” y vulneraba la presunción de inocencia.
- Finalmente, el tribunal emitió la decisión de segunda instancia, revocando la condena inicial y absuelto al exmandatario, al tiempo que cuestionó la legalidad de las interceptaciones que habían sido pieza clave para la acusación.
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Consideraciones del tribunal en segunda instancia
Soborno a testigos
El magistrado ponente, Manuel Antonio Merchán, formuló reparos a las interpretaciones realizadas por la Corte Suprema de Justicia al expresidente Álvaro Uribe Vélez, sin embargo, avaló las interceptaciones hechas a su abogado, Diego Cadena.
El Tribunal también revocó condena por soborno a Carlo Vélez, alias 'Victor', concluyo que no pruebas que demuestren que indujo a su abogado a que mintiera y el magistrado pide investigar a alias 'Victor' por falso testimonio.
Sobre Eurídice Cortés, alias 'Diana', concluyo que las pruebas no demuestras que la plata recibida por ella que hubieran sido entregados por orden del expresidente.
Además, sobre el testigo estrella Juan Guillermo Monsalve concuyó que no existen pruebas de que Álvaro Uribe Vélez haya dado la orden de ofrecer beneficios a Juan Guillermo Monsalve para que mintiera.
En relación con el episodio de Neiva, el Tribunal precisó que las notas de voz enviadas por Carlos Eduardo López Callejas, alias “Caliche”, no hacen referencia a que Monsalve estuviera faltando a la verdad.
Fraude procesal
El Tribunal señaló que la entrevista realizada por el senador Iván Cepeda a varios presos fue sesgada, ya que no se limitó a indagar sobre fosas comunes, sino que también incluyó preguntas relacionadas con la hacienda Guacharacas, propiedad de la familia Uribe.
Asimismo, el Tribunal indicó que la primera instancia omitió el análisis del contexto en varios apartes de su decisión y que existen discrepancias en las declaraciones de los tres exparamilitares que fueron considerados como testigos.
El fallo también advierte un déficit en el análisis global de las cartas presentadas, ya que no se aportaron pruebas que demostraran que los reclusos hubiesen sido “adoctrinados” para sostener una versión determinada.
De igual forma, el Tribunal cuestionó la conclusión de la primera instancia según la cual los presos “recordaban mejor los hechos de 2012 que los de 2018”, señalando que esa afirmación carece de sustento probatorio.
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¿Qué sigue?
Aunque se absuelva a Uribe en segunda instancia, el proceso puede tener nuevas ramificaciones:
- Las víctimas del proceso pueden considerar otros recursos o mecanismos de reparación.
- El Estado colombiano puede revisar protocolos sobre interceptaciones y derechos fundamentales, fruto del precedente fijado por este caso.
- En el ámbito político, la libertad de acción de Uribe podría influir en su eventual participación o protagonismo en campañas electorales, algo que ya venía siendo analizado de cara a 2026.
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