La Defensoría del Pueblo exige la liberación inmediata de funcionarios secuestrados en Arauca
La Defensoría del Pueblo de Colombia exigió este domingo la liberación inmediata e incondicional de los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación y de la Policía Nacional que permanecen secuestrados por el Ejército de Liberación Nacional (ELN) en el departamento de Arauca. La entidad rechazó de manera categórica el anuncio del grupo armado de someter a los retenidos a un supuesto “juicio revolucionario”.
En un comunicado oficial, la Defensoría recordó que la privación prolongada de la libertad de personas civiles —como es el caso de los funcionarios secuestrados— constituye una violación grave al Derecho Internacional Humanitario (DIH) y puede configurarse como el crimen de guerra de toma de rehenes, sancionado por el derecho penal internacional.
“La privación prolongada de la libertad, que en nuestro ordenamiento jurídico se configura como secuestro, es sancionada por el derecho penal internacional como el crimen de guerra de toma de rehenes”, señala el documento.
¿Por qué es un crimen de guerra?
La Defensoría explicó que, aunque los funcionarios cumplen funciones de seguridad y justicia, no son combatientes ni forman parte de las Fuerzas Armadas, por lo que deben ser considerados civiles protegidos por el DIH. Además, su liberación ha sido condicionada a un “canje humanitario”, lo que agrava la situación jurídica del ELN.
El comunicado cita normas internacionales que se estarían violando:
- El artículo 3 común de los Convenios de Ginebra.
- La norma 96 del DIH consuetudinario.
- La Convención Internacional contra la Toma de Rehenes de 1979 (Ley 837 de 2003 en Colombia).
- El artículo 8.c.iii del Estatuto de Roma, que tipifica la toma de rehenes como crimen de guerra.
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Llamado al respeto del principio de humanidad
La Defensoría del Pueblo recordó al ELN que el principio de humanidad es la piedra angular del DIH y que vincula de manera inderogable a todas las partes en conflicto, sean estatales o no estatales. Ningún grupo armado puede justificar actos como el secuestro con base en razones políticas, militares o ideológicas.
“El deber de liberar a las personas secuestradas es inmediato y debe ser incondicionado”, enfatizó la entidad.
La Defensoría también instó al Gobierno Nacional, al Alto Comisionado para la Paz y a los organismos internacionales a redoblar los esfuerzos humanitarios y diplomáticos para lograr la liberación pronta y segura de los funcionarios retenidos, en estricto cumplimiento de las normas internacionales que protegen la vida y la dignidad humana.