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Colombia

¿Por qué la JEP negó salida del país a Rodrigo Londoño?

El dirigente del partido Comunes pretendía viajar a Londres entre el 11 y 17 de junio.

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Foto: Colprensa

La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), negó la salida del país a Rodrigo Londoño, quien había pedido esta autorización para participar en una conferencia en Londres, Inglaterra, entre el 11 y el 17 de junio de 2022.

Esta decisión la tomó la Sala tras considerar que Rodrigo Londoño debe quedarse en el país atendiendo las solicitudes de las víctimas de secuestro, y de la JEP, de cara a la preparación de la audiencia de reconocimiento de los días 21, 22 y 23 de junio.

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“Si bien como respuesta al oficio de despacho, los Presidentes de algunas Salas confirmaron que el solicitante no tiene compromisos ante el sistema en las fechas en que solicita su salida del país, el despacho no puede pasar por alto que el señor Londoño Echeverri se encuentra convocado a reconocer responsabilidad en el marco del Caso 01, advirtiendo que mientras esta fecha llega, se mantiene la realización de talleres, encuentros privados para la restauración y demás eventos citados en el marco del proceso de reconocimiento”, indica la Sala.

La audiencia en la que debe participar Rodrigo Londoño

La audiencia de reconocimiento en la que el Secretariado de las Farc deberá aceptar su responsabilidad por el delito de secuestro se realizarán el próximo 21, 22 y 23 de junio.

Actualmente, 3.111 víctimas acreditadas ante la JEP vienen participando del proceso judicial del caso de secuestro. Han entregado informes, presentado observaciones y tuvieron la oportunidad de participar en la determinación de la metodología de la audiencia.

Rodrigo Londoño líder del Partido Comunes Foto @TimoComunes

Rodrigo Londoño líder del Partido Comunes Foto @TimoComunes

Los comparecientes que participarán en esta audiencia fueron imputados por el crimen de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad y el crimen de guerra de toma de rehenes, así como otros crímenes cometidos en relación con los secuestros, como homicidio, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamiento forzado.

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Si los comparecientes de las extintas Farc y la fuerza pública reconocen responsabilidad durante las audiencias y, además, aportan verdad plena, detallada y exhaustiva, la Sala debe producir en los siguientes tres meses las respectivas resoluciones de conclusiones que enviará a la Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz, que se encargará de imponer las sanciones a las que haya lugar.

Colprensa

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