SuperSalud ordena medida cautelar a Fiduprevisora y Fomag

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La medida fue tomada debido al aumento de quejas por deficiencias en la atención en salud.

(Martes 21 de mayo del 2024)

. La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud), bajo la dirección de Luis Carlos Leal Angarita, ha impuesto una medida cautelar a la Fiduprevisora y al Fondo del Magisterio (Fomag) debido a un alarmante incremento de quejas por parte de los afiliados al Fomag sobre la prestación de servicios de salud. Esta decisión fue tomada tras la exposición de Leal Angarita ante la Comisión Sexta del Senado, donde manifestó su preocupación por las graves consecuencias que enfrentan los usuarios. En los últimos 20 días, la Supersalud ha recibido más de 2.100 reclamaciones relacionadas con deficiencias en los servicios prestados a los usuarios del Fomag. A pesar de once requerimientos previos realizados por la entidad de vigilancia, no se ha obtenido una respuesta adecuada de parte de Fiduprevisora y Fomag, lo que ha llevado a la imposición de esta medida cautelar. La medida cautelar exige a ambas instituciones que, de manera inmediata, atiendan los 2.100 casos pendientes y cualquier otro caso que surja.

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Esta acción se enmarca dentro de las funciones de inspección, vigilancia y control de la Supersalud, y está fundamentada en la normatividad vigente que permite la toma de medidas urgentes cuando la vida de las personas está en riesgo. Luis Carlos Leal Angarita, Superintendente Nacional de Salud, declaró: "El objetivo principal de este tipo de medida es la eliminación de cualquier tipo de barrera que esté afectando en este momento la adecuada atención de los pacientes, garantizando continuidad y calidad en la prestación de servicios de salud". La Superintendencia ha otorgado a Fiduprevisora y Fomag un plazo máximo de 72 horas para cumplir con esta medida cautelar.

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Además, las entidades deberán presentar un informe detallado sobre el cumplimiento de la medida y los resultados efectivos de la prestación de los servicios a los usuarios afectados. Este informe debe ser entregado en un plazo no mayor a cinco días hábiles a partir de la notificación de la medida.