Colombia aprueba ley pionera que reconoce víctimas del desplazamiento forzado por cambio climático
Este martes, 16 de diciembre, Colombia se convirtió en el primer país de América Latina en reconocer legalmente a las víctimas de desplazamiento forzado por efectos del cambio climático, luego de que la Cámara de Representantes aprobara una ley específica para este tipo de situaciones.
La normativa establece que las personas afectadas por desastres naturales como inundaciones, deslizamientos o erupciones volcánicas deberán ser reconocidas como víctimas del Estado, con derecho a atención integral, continua y preventiva. Esta medida busca cerrar el vacío legal que impedía el seguimiento y protección efectiva a quienes sufren estos impactos.
La ley contempla la creación de un Registro Único de Desplazados Climáticos, que estará a cargo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd). Este instrumento permitirá identificar y hacer seguimiento a las personas y familias desplazadas por eventos asociados al cambio climático.
Para la historia, mi intervención final en el debate de la reforma a la Ley 30.
Un hijo de la Universidad del Valle se convirtió en congresista y le cumplió a la universidad pública, a los jóvenes y a miles de familias que tendrán la oportunidad de cambiar sus vidas con… pic.twitter.com/fI4xAXFp1b— Duvalier Congresista 🏛 (@DuvalierSanchez) December 17, 2025
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La norma obliga al Gobierno nacional a diseñar e implementar una política pública específica para prevenir, atender y dar soluciones duraderas al desplazamiento por causas climáticas. También marca un cambio de paradigma: se deja atrás el enfoque reactivo para avanzar hacia la planificación, prevención y garantía de derechos.
Con esta legislación, Colombia se posiciona como el primer país latinoamericano en reconocer jurídicamente este tipo de desplazamiento. Ya en 2024, la Corte Constitucional había validado el desplazamiento forzado por eventos climáticos como una causa legítima, comparable a la generada por el conflicto armado.
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