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Justicia

Libertad de Mancuso será definida por la JEP: el tribunal aceptó de forma exclusiva su sometimiento

La Jurisdicción Especial para la Paz aceptó exclusivamente el sometimiento del excomandante de las AUC por hechos ocurridos entre 1989 y 2004.

Las cuentas pendientes del exparamilitar Salvatore Mancuso en Colombia

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó de forma exclusiva y completa el sometimiento de Salvatore Mancuso, y será ese tribunal quien defina si el excomandante de las AUC queda o no en libertad, tal como lo viene solicitando la defensa del exparamilitar y frente a lo cual era el Tribunal de Justicia y Paz quien estaba decidiendo.

Con este nuevo fallo, la JEP revoca la decisión que había tomado el año pasado en cuanto a que el sometimiento de Mancuso a ese tribunal había sido aceptado de forma parcial.

Así las cosas, ese tribunal de justicia transicional asume de forma total las investigaciones en contra de Mancuso por hechos ocurridos entre 1989 y 2004.

«La Sala de Definición de Situación Jurídica aceptó el sometimiento del solicitante como sujeto incorporado funcional y materialmente a la Fuerza Pública, pero dispuso que la JEP sólo asumiría competencia respecto de las conductas cometidas por Mancuso Gómez que encuadran en los macrocasos 03, 04, 06 y 08, adelantados por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad (SRVR)», dice el documento con el fallo emitido el pasado 13 de marzo.

¿Qué significa esta decisión?

El Tribunal de Justicia y Paz, encargado del proceso de paz acordado entre los paramilitares y el gobierno de Álvaro Uribe, ya  no continuar investigando a Mancuso. En su lugar, estos casos serán remitidos a la JEP. Asimismo, será la encargada de determinar si Mancuso, quien regresó a Colombia hace dos semanas, será liberado o no.

Además, la JEP señala que la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad “ejercerá la supervisión de su régimen de condicionalidad a partir del momento que seleccione, si es del caso, al compareciente como posible máximo responsable de las conductas cobijadas en los macrocasos 03, 04, 06 y 08″.

El documento también hace un llamado a Mancuso para “que concrete sus compromisos con el Sistema Integral de Paz en lo relativo a la indemnización y la satisfacción integral de los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y no repetición, so pena de su exclusión definitiva de los procedimientos transicionales y su retorno a la justicia penal ordinaria”.

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